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NOVETATS LEGISLATIVES DEL BOE DEL 8 DE MAIG DE 2019 Mercantil, Civil i Administratiu Euro https://www.boe.es/boe/dias/2019/05/08/ Fiscal Bruselas empeora la previsión de déficit del Gobierno por su política fiscal Bruselas achaca la rebaja de dos décimas respecto al déficit del año pasado a la mejoría del ciclo económico y a la reducción de los costes de financiación de la deuda española. El efecto de ambos elementos será, sin embargo, insuficiente para poner coto al agujero fiscal y España se quedará muy lejos de cumplir con el objetivo de déficit pactado con la UE, del 1,3% del PIB en 2019. Las estimaciones de Bruselas toman como punto de partida las cuentas del Gobierno de 2018 y las medidas adoptadas por decreto entre las que figuran un aumento del gasto en pensiones y otras medidas de política social, que tendrán un impacto en las cuentas de este año. “Algunas de las medidas adoptadas en la ley presupuestaria de 2018, como la subida salarial para los funcionarios públicos, una mayor reevaluación de las pensiones y el recorte fiscal para los salarios más bajos también tendrán un impacto presupuestario”, advierten los técnicos comunitarios. El análisis, presentado este mediodía por el comisario de asuntos económicos, Pierre Moscovici, también advierte de que el coste de compensación a Abertis por la ampliación de la AP-7, que el Gobierno intentó contabilizar el año pasado, podría sumar nuevos ceros al déficit de este año. Este nuevo jarro de agua fría no impedirá que España salga del procedimiento de déficit excesivo en unas semanas -probablemente a principios de junio-, tras la certificación por parte de la agencia europea de estadística (Eurostat) de que el desfase presupuestario español cayó al 2,5% del PIB en 2018, por debajo del 3% que fija como límite el Pacto de estabilidad y crecimiento. Las nuevas previsiones de Bruselas no tienen en cuenta las medidas anunciadas por el Gobierno en el nuevo plan de estabilidad y auguran que, sin cambios en las políticas, el déficit de 2020 se mantendrá en el 2%. Según los planes enviados por España, la intención de Sánchez es elevar la recaudación fiscal aumentando la presión en 1,6 puntos del PIB en cuatro años, del 35,7% en 2019 hasta el 37,3% en 2022, lo que supondrá 26.000 millones en cuatro años. La subida de impuestos empezará a aplicarse en 2020 con unas previsiones de ingresos adicionales de 5.654 millones procedentes del aumento en el impuesto de sociedades y la lucha contra el fraude fiscal, la creación de la tasa a los gigantes de internet, el impuesto a las transacciones financieras o el impuesto al gasóleo. Con todas estas medidas, y pese al aumento del gasto a cuenta de la reducción del IVA a los libros y la prensa digital, el aumento progresivo del permiso de paternidad hasta las 16 semanas o la revalorización de las pensiones con el IPC, Sánchez espera seguir reduciendo el déficit público: al 2% en 2019, 1,1% en 2020 y 0,4% en 2021 antes de llegar al equilibrio presupuestario en 2022. Pese al pesimismo entorno al déficit, la economía española seguirá creciendo este año por encima de la Eurozona, aunque la distancia se irá reduciendo debido a la moderación del consumo privado y las inversiones en España y al repunto que registrarán los países del euro. Concretamente, Bruselas prevé un crecimiento del PIB del 2,1% en 2019 y del 1,9% en 2020, frente al 1,2% y 1,5% respectivamente que registrarán de media los países del euro. Las previsiones también auguran que la creación de empleo seguirá siendo robusta lo mismo que el crecimiento salarial, gracias en parte a la subida del salario mínimo que se moderará en 2020 aunque todavía crecerá por encima de la inflación. Gracias a esta situación, la tasa de ahorro de los hogares, que registró su pico más bajo en 2018, registrará un repunte, tanto este como el próximo año. Mientras tanto, la tasa de desempleo seguirá cayendo. Bruselas augura que el porcentaje de desempleo se situará en el 13,5% este año y 12,2% en 2020, la más baja desde el estallido de la crisis económica de 2008, aunque muy por encima todavía de la de la zona euro donde seguirá cayendo, al 7,7% este año y 7,3% en 2020. En cuanto a la deuda, Bruselas augura que España también seguirá reduciendo su deuda pública, al 96,3% este año y el 95,7% el próximo, lo mismo que la zona euro pese a la ralentización económica. La AEAT debe dar respuesta a las solicitudes de rectificación de autoliquidación posteriores al inicio de las actuaciones de comprobación Por tanto, la Administración está obligada a valorar y dar respuesta a las alegaciones del contribuyente antes de la liquidación definitiva. Ello no significa que tenga que admitir automáticamente los nuevos valores declarados o iniciar un procedimiento específico para comprobar las cuantías cuestionadas. Según el criterio fijado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Alto Tribunal, Hacienda cumple con esta exigencia si descarta la existencia de error alguno que justifique la modificación de la autoliquidación presentada. En su sentencia, la Sala da la razón a la Hacienda del Principado de Asturias que entendió que los contribuyentes habían modificado el valor inicialmente declarado de sus inmuebles por un "cambio de voluntad" y no por un error de hecho o de derecho. La Administración, señalan los magistrados, es competente para decidir sobre esta cuestión. El litigio enfrentó a seis hermanos con la Agencia Tributaria por la liquidación del impuesto de sucesiones de la herencia de su padre. La inspección les notificó el inicio de actuaciones de comprobación, y los contribuyentes presentaron rectificación de la valoración de los inmuebles consignados. En su escrito alegaron "error en la valoración" e incluyeron los valores correctos (coincidentes con los catastrales). La inspección les impuso una sanción de algo más de doce mil euros al constatar la existencia de bienes no declarados que modificaban la base imponible del impuesto. Una multa que fue anulada por la justicia asturiana. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del Principado de Asturias entendió que la Administración había incumplido su obligación de motivar su decisión. Según su criterio, cuando el contribuyente acredita la existencia de errores valorativos la Inspección debe o bien aceptar la rectificación o bien iniciar un procedimiento de comprobación de valores. El Principado de Asturias recurrió la sentencia porque, según alegó, la normativa otorga a la Administración potestad para rechazar la rectificación solicitada sin obligación de abrir un procedimiento específico para contrastar las valoraciones. Criterio que adopta el Supremo en su resolución con el matiz de que la Inspección deberá contestar siempre de manera motivada al contribuyente. Bastará que alegue que no existió un error para rechazar válidamente la modificación solicitada. El Banco de España ve margen para redefinir los impuestos y las exenciones En este sentido, ha dicho que España debe seguir cumpliendo con el Pacto de Estabilidad firmado con Bruselas y con las recomendaciones de la UE una vez que se encuentra en el "brazo preventivo" y ya no en el procedimiento correctivo por exceso de déficit. "Estas directrices (de la UE) serán las adecuadas", ha apuntado, al tiempo que ha abogado por revisar los gastos públicos y los ingresos, ya que hay margen para redefinir la estructura de impuestos. En su opinión, sería positivo dotar a la política fiscal de un mayor margen de actuación contracíclico ante eventuales perturbaciones negativas futuras. "Una revisión de la composición de los gastos y de los ingresos públicos podría también contribuir de forma decisiva a la mejora del crecimiento potencial de la economía. Existe margen tanto para aumentar la eficiencia del gasto público y reorientar su composición...como para redefinir la estructura de la cesta de impuestos con el objetivo de que favorezca más el crecimiento", ha señalado. Hernández de Cos ha apuntado que la existencia de elevados beneficios fiscales en el sistema impositivo, derivados de la presencia de numerosas exenciones, deducciones y tipos especiales reducidos, que generan pérdidas importantes de recaudación y distorsionan la eficiencia y la equidad del sistema impositivo, es un buen ejemplo de los márgenes existentes en esta materia. No obstante, ha añadido que todas las reformas estructurales que se hagan vía impositiva o en el mercado laboral o de las pensiones deberían tener consenso político para que tengan una duración en el tiempo y no cambien con cada gobierno. El Banco de España estima un escenario central de crecimiento de la economía española positivo, aunque con una desaceleración gradual del PIB para los próximos tres años y que, según sus estimaciones, avanzaría hacia una tasa potencial de avance del entorno del 1,5 %. Hernández de Cos ha puntualizado que esta gradual ralentización de la actividad se enmarca, además, en un contexto mundial complejo con el riesgo del "brexit" del Reino Unido o de medidas proteccionistas en Estados Unidos. Laboral El 46% de los empleados hace horas extraordinarias por las que ni es remunerado ni cotiza “El bloqueo negativo no sirve de nada. Creo que se van a obtener muchas ventajas interesantes por la vía del registro, como la mejora de la productividad, la lucha contra el empleo precario o el avance hacia el derecho a la desconexión digital”, sostiene el socio de laboral del despacho Cuatrecasas Valentín García, aunque no niega el esfuerzo y la dificultad que supondrá para las empresas. En esa línea se posiciona también la profesora de Derecho del Trabajo de Esade Law School Anna Ginès, quien sostiene que, si bien se podría haber dado mayor margen para su puesta en marcha, defiende la necesidad del control de las jornadas laborales, especialmente cuando el estrés constituye uno de los principales motivos de baja entre los trabajadores. “Y una de las razones es que hay gente que tiene más tareas que el tiempo con el que cuenta para llevarlas a cabo”, sostiene la experta, para quien esta norma guarda una relación directa con la mejora de la prevención de riesgos laborales y la salud en el trabajo. Según explica el socio de Cuatrecasas, la normativa obliga a llevar a cabo un registro que establezca la hora concreta de inicio y fin de jornada, a conservar la información durante un plazo de cuatro años –al que tendrá acceso la Inspección de Trabajo, la representación sindical, y el propio empleado, únicamente en lo que se refiere a sus datos personales–. Si la empresa ya dispone de un sistema de registro, en principio podrá seguir usándolo, pero tendrá que consultar necesariamente a la representación legal de trabajadores para concretar los detalles y aclarar todos los puntos. De hecho, los datos se podrán usar para establecer sanciones disciplinarias, siempre y cuando se haya informado expresamente a los trabajadores. Aclara este experto que se deberá seguir llevando un registro aparte de las horas extraordinarias, ya que se trata de “obligaciones independientes”. El jurista detalla además que la normativa es también de aplicación para las empresas de trabajo temporal (ETT). Respecto a los trabajadores subcontratados, será la empresa que ofrece el servicio –y no la que lo contrata– quien tendrá la obligación de hacerlo, sin perjuicio de que en el lugar de trabajo se pongan los medios para poder realizar el registro. Uno de los puntos que suscita más incógnitas es el del cómputo de los viajes de trabajo. García señala que no es posible dar una respuesta clara, pues, aunque se incurra en cierta privación del tiempo personal –que habrá que computar–, un desplazamiento también incluye tiempo de descanso. Debido a la ausencia de una norma clara al respecto, el experto recomienda que se establezca un protocolo para ello en cada empresa. Por su parte, Ginès recuerda que la Unión Europea abre la puerta a retribuir las horas de viaje de una manera diferente. “Aunque es tiempo de trabajo, no es tiempo de trabajo efectivo”, concluye mientras comenta que estos desplazamientos deben tratarse de manera diferente según se acuerden como parte del contrato o con carácter extraordinario. La Tesorería devuelve de oficio a los trabajadores por el exceso de cuotas ingresadas al RETA Dicha circunstancia se produce cuando el trabajador cotiza simultáneamente por contingencias comunes, en uno de los regímenes del Sistema, esto es, la suma de aportaciones empresariales y del trabajador- y en el Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), por una cantidad igual o superior a 12.917,37 euros. La Seguridad Social comenzó a hacer las devoluciones el pasado 29 de abril. El importe a devolver es el que supera el límite marcado cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Dicho importe es el que resulta de sumar el total de las cotizaciones al RETA efectivamente ingresadas durante el año y de las que se han efectuado en cualquier otro régimen de la Seguridad Social, por contingencias comunes (enfermedad común y accidente no laboral). La cifra que reconoce la TGSS como devolución no puede superar el 50% de la cuota efectivamente ingresada en el RETA. Mercantil, Civil i Administratiu El Banco de España alerta del riesgo de otra oleada de demandas judiciales en la banca Además de la ralentización de la economía global, en particular la europea y la china, que podría introducir mayor incertidumbre geopolítica, lo que aumentaría las primas de riesgo e impactaría negativamente en el precio de los activos financieros, tanto de renta fija, como privada y pública, así como la presión adicional en los bancos españoles por las consecuencias de la desaceleración económica, el supervisor que dirige Pablo Hernández de Cos insiste en que “las entidades de depósito españolas afrontan, con distinta intensidad, “un riesgo derivado del potencial incremento de las demandas judiciales contra ellas”. En este sentido, recuerda lo que sucedió con las cláusulas suelo, que ha supuesto que la banca haya tenido que devolver 2.200 millones a los clientes hasta enero de este año. Y hay procedimientos judiciales abiertos en Europa, como el referido a la utilización del índice de referencia de los préstamos hipotecarios (IRPH), que se resolverá en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la segunda mitad de este año, que podría provocar un aumento de las demandas judiciales contra los bancos españoles. Supondría un impacto, sobre todo, en aquellos que tienen más hipotecas referenciadas a dicho índice. El informe recuerda también que esa manifestación del riesgo legal se ha traducido en “una pérdida de reputación para el sector bancario”. Además, el Banco de España recuerda que las entidades financieras españolas siguen afrontando el reto de mejorar la rentabilidad y la solvencia. En cuanto a rentabilidad se encuentran mejor que sus homologas europeas, pero en cuanto a solvencia “la han reducido en el último año”, lo que le ha llevado a posicionarse en la última posición de las jurisdicciones europeas. Respecto a la cartera de crédito al consumo, el estudio analiza que en los tres últimos años ha crecido en unos 30.000 millones, al pasar de 60.000 millones en diciembre del 2015 a los casi 90.000 millones en diciembre del año pasado, lo que supone un crecimiento superior al 40%. En cuanto a los activos dudosos, que ha sido el quebradero de la banca durante los últimos años, destaca que desde diciembre del 2013 se han reducido en 122.000 millones, lo que representa un 64,5% del total. En el último año, el descenso ha sido de 27.500 millones. Las empresas familiares prevén mayores ventas e inversión para 2019 En una encuesta realizada esta mañana durante la Asamblea Anual de Socios del organismo, el 71% de las empresas, entre las que se encuentran Mercadona, Acciona, Planeta o Gestamp, entre otras, auguró que este año tendrá mejores ventas que en 2018, fecha en la que el porcentaje fue cuatro puntos porcentuales inferior (67%). En el otro lado, solo el 3% de las firmas cree que sus ventas serán inferiores frente al 5% expresado doce meses antes. Un optimismo que está muy centrado en el elevado grado de internacionalización de estas compañías, ya que el 72% de ellas ya produce en el exterior y el 19% tiene presencial comercial en terceros mercados, lo que en muchos casos les blinda ante posibles frenazos en el mercado doméstico. Las firmas no son tan optimistas con respecto al mercado laboral, ya que la gran mayoría (el 57%) apuesta por mantener los niveles de empleo con los que se cerró 2018 y solo el 19% prevé incrementar la plantilla, prácticamente la mitad del porcentaje registrado doce meses antes (37%). De hecho, el 14% de los encuestados considera que presentará expedientes de regulación de empleo temporales y que la plantilla oscilará en función de la demanda, cuando en 2018% ese porcentaje se limitó al 8%. Sector La justicia condena a un notario por no asesorar de una exención fiscal El caso analiza la demanda presentada contra un notario por el hijo de una mujer con discapacidad del 65%. El demandante acudió a la notaría para, tras fallecer su padre, proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales, la partición de la herencia y la donación de la vivienda principal a su madre. Según consta en la sentencia, el fedatario público no advirtió a su cliente de que, para beneficiarse de las correspondientes exenciones fiscales, la donación debería realizarla a través de la constitución de un patrimonio protegido, circunstancia que provocó que pagara una cantidad superior en concepto de impuestos. El demandado se excusó afirmando que él no llevó a cabo un asesoramiento, sino que se limitó a hacer lo que se le pedía. Los magistrados, sin embargo, rechazan sus alegaciones. Aseveran que el cliente no acudió a la notaría acompañado de letrado y tampoco hay prueba de que aportara minuta alguna para que actuara conforme a mandato expreso. La resolución razona que "lo normal" es que el demandante desconociera lo que es un acta de notoriedad de la declaración de herederos, "pues ese acto es desconocido para la inmensa mayoría de los ciudadanos". Por lo tanto, se deduce que debió ser el notario quien le hablara de la misma y quien, posteriormente, le hiciera los trámites requeridos. Al no intervenir letrado, continúa el texto, "el que tuvo necesariamente que asesorar es el notario, pero es que, además, el asesoramiento se encuentra entre sus obligaciones". Y, como omitió la posibilidad de acogerse a la exención, la AP aprecia responsabilidad por culpa del fedatario público. |
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